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Ordenanza 38
Ciudad de La Punta 05 de Agosto de 2009     V  I  S  T  O:                                    El Exp. Nº 1985-DSP-MDLP-2009, en el cual el jefe del Departamento de Servicios  Públicos de la Municipalidad de La Punta solicita autorización para la adquisición de un compactador de residuos urbanos, y;     CONSIDERANDO:   Que La Ordenanza Nº 23-HCDCDLP-2008, en su articulo Nº 20 requiere para el llamado a licitación publica el tratamiento y posterior aprobación de los pliegos de condiciones generales y particulares por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad De La Punta;   Que los pliegos de condiciones generales y particulares exigidos por el Poder Ejecutivo Municipal, reúnen la idoneidad suficiente para regular la adquisición de un compactador de residuos urbanos por la licitación publica;   Por ello y en uso de sus atribuciones;   EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LA PUNTA SANCIONA CON FUERZA DE:   ORDENANZA   Art. 1º.- Aprobar los Pliegos de Condiciones para la adquisición de un Compactador de Residuos Urbanos, que se adjunta como Anexo I.-   Art. 2.- Incorporar en los Pliegos Licitatorios la Comisión Evaluadora, la cual estará conformada por: Jefe de la Asesoria de Gobierno y Hacienda, Jefe de Programa de Coordinación de Gestión, Jefe del Departamento de Servicios Públicos y un miembro del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad De La Punta.   Art. 3º.- De Forma.-      

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