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Ordenanza 44
VISTO:   La Constitución Provincial, capítulo XXVI, la Ley de Régimen Municipal Nº XII-0349-2004 (5756).     CONSIDERANDO:   Que de acuerdo a la ley mencionada es potestad y obligación de cada Municipio elaborar anualmente su presupuesto,   Que es atribución del HCD tratar el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos Públicos Municipales cada año.   Que la elaboración del presupuesto anual es uno de los hechos más trascendentes de cada administración, ya que le permitirá prever el movimiento económico, ello es los gastos corrientes, de capital, las inversiones, calcular los ingresos y egresos de recursos para afrontar un año calendario, proyectarse y finalmente crecer.   Por ello y en uso de sus atribuciones:     EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LA PUNTA-SAN LUIS SANCIONA CON FUERZA DE:   ORDENANZA   Art. 1º.- Aprobar en todos sus términos el Presupuesto Anual 2010, adjunto como Anexo I.     Art. 2º.-  De Forma.  

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