logo
WhatsApp Image 2026-06-02 at 10.43.53 AM
Ordenanza 06

ORDENANZA Nº 06- HCDCDLP-2008

Ciudad de La Punta, 1 de febrero de 2008

V I S T O:

Lo establecido por la Ordenanza Nº 01-HCDLP-2007;

CONSIDERANDO:

Que es necesario ampliar por 60 (Sesenta) días las facultades de excepción, Inter tanto sea fijada la normativa municipal.

Por ello y en uso de sus atribuciones,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LA PUNTA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ART. 1º:         Prorrogar la vigencia de lo establecido por los artículos 2º, 3º y 4º de la Ordenanza Nº 01-HCDLP2007, por el término de 60 (sesenta) días a contar desde el día 7 de Febrero de 2008.-

ART. 2º:         Conferir Fuerza obligatoria inmediata a la presente norma desde el día de su promulgación en los términos del artículo 70 de la ley Xll 349-2004.-

 ART. 3º:        La presente ordenanza será refrendada por el Presidente del HCD, y por el Secretario Legislativo.-

ART. 4º:         Notificar al Sr. intendente de la Municipalidad de La Punta.-

ART. 5º:         Comunicar, Publicar, dar al registro Oficial y archivar.-

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *