Ciudad de La Punta 29 de Diciembre de 2009
V I S T O:
El Exp. Nº 3643-DSP-MDLP-2009, en el cual, el jefe del Departamento de Servicios Públicos de la Municipalidad de La Punta solicita autorización para la renovación del contrato de Desmalezado por Contratación Directa, y;
CONSIDERANDO:
Que La Ordenanza Nº 23-HCDCDLP-2008, en su Art. Nº 11, prevé los distintos mecanismos de contratación para el MDLP.
Que la preservación de las fuentes de trabajo de las CUARENTA Y SIETE (47) personas, que componen el personal que realiza el trabajo de desmalezado, los cuales, vecinos de la Ciudad de La Punta, es de prioridad cardinal, para este Cuerpo Deliberante.
Que la continuidad de la prestación del servicio, aseguraría la eficacia, debido a la experiencia adquirida por el mismo.
Que el Municipio de la Ciudad de La Punta se beneficiaria ya que mantendría los costos del servicio.
Que los montos de las contrataciones, se mantendrán según las licitaciones: Nº 05; 06; 07; 08; 09; llevada a cabo por el Municipio de la Ciudad de La Punta, en el mes de Junio del año 2009.
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE LA PUNTA
SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
Art. 1.- Aprobar la renovación del contrato mediante el mecanismo de Contratación Directa, por el termino de dos (2) meses entre, el Municipio de la Ciudad de La Punta y los prestadores del servicio de desmalezado.
Art. 2.- Facultar al Ejecutivo Municipal a la renovación del contrato, por única vez y por un periodo igual al especificado en el artículo 1.
Art. 3.-De Forma.