logo
frente
Ordenanza 27

V  I  S  T  O:

                    La regulación del Servicio de Transporte Público Urbano de Pasajeros, mediante Ordenanza Nº 13-HCDCDLP-2008, y;

CONSIDERANDO:

  Que es necesario establecer una normativa que establezca el Pliego General de Condiciones a cumplir por las Empresas Concesionarias que presten servicio en la Ciudad;

                     Que es deber del Municipio de la Ciudad de La Punta establecer los deberes y obligaciones a cumplirse en la prestación del mencionado servicio;

                     Por ello y en uso de sus atribuciones;

                      EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA PUNTA

 SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA:

Art. 1º.- Aprobar el Pliego de Condiciones para otorgar en concesión la explotación de líneas del Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros de la Ciudad de La Punta-San Luis, que se adjunta como Anexo I.-

Art. 2º.- De Forma.-

ANEXO I

PLIEGO GENERAL DE CONDICIONES

PARA OTORGAR EN CONCESION LA EXPLOTACION DE LINEAS DEL

SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS

DE LA CIUDAD DE LA PUNTA ‑ SAN LUIS.

Art. 1º)- LLAMADO A LICITACIÓN:

                        Llámase a Licitación Pública para otorgar en concesión la explotación de líneas del Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros de la Ciudad de La Punta (San Luis), a prestarse según las normas contenidas en la Ordenanza Nº 13-HCDCDLP-2008, regulatoria del Transporte Urbano.

Art. 2º)- OBJETO:

                         Este Pliego General de Condiciones tiene por objeto establecer las bases para el llamado a Licitación dispuesto en el Artículo 1º de este Pliego, que será complementario de los requisitos que se establecen en el Pliego de Especificaciones Técnicas y sus Anexos.

Art. 3º)- DEFINICIONES Y TERMINOLOGIA:

                         A los efectos de la aplicación e interpretación del presente Pliego y de todo otro documento contractual de la prestación de Servicios Públicos, los siguientes términos tendrán el significado que se consigna a continuación:

INTERESADO: Todo adquirente del presente Pliego Licitatorio.

OTORGANTE: La Municipalidad de la Ciudad de La Punta ‑ San Luis.

MUNICIPALIDAD: Es la Municipalidad de la Ciudad de La Punta ‑ San Luis.

OFERENTE: La persona física o jurídica que, cumpliendo las condiciones del presente Pliego, presenta una propuesta, proyecto u oferta de Licitación.

ADJUDICATARIO: Es el Oferente a favor del cual se ha notificado la adjudicación del servicio.

UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS ‑ CONSORCIO: Asociación de dos o más interesados que, conservando su personería, convienen en actuar unidos bajo una única dirección y reglas comunes, al solo efecto de presentar la oferta y formalizar la prestación del servicio.

PROYECTO: Es el programa sistematizado de los trabajos y la instalación del equipamiento necesario y sistemas operativos previstos para el adecuado funcionamiento del objeto licitado.

CONTRATO: Instrumento formal del acuerdo de partes conformado por el contrato mismo y toda aquella documentación que contemporánea o posteriormente firmen los representantes autorizados de la Municipalidad y del Adjudicatario, estipulando cuestiones inherentes al desarrollo de la relación.

CONTRATANTE: Es la persona física o jurídica que ha suscripto el Contrato de Prestación de Servicio Público.

PLAZO DE EXPLOTACION: Es el período que media desde la fecha de inicio del servicio, ya sea que se empiece a prestar en forma parcial o total y la fecha de terminación de la prestación estipulada en el contrato.

Art. 4º)- CARACTERISTICAS DEL SERVICIO:

                         La concesión a otorgarse, consistirá en la asignación del servicio en la totalidad de las líneas que integran el llamado y detalladas en los Anexos que forman parte de la presente.

Art. 5º)- NORMAS DE APLICACION:

                          Dado su objeto y finalidad, esta Licitación es de naturaleza pública y, por consiguiente, regida por los principios de derecho público y las normas legales vigentes. Serán de aplicación supletoria en todo lo no previsto en el Pliego de Condiciones, las normas contenidas en la Ordenanza Nº13-HCDCDLP-2008 regulatoria del Transporte Urbano, Decreto Reglamentario, Ley Nacional de Tránsito, Legislación provincial vigente y/o las que se dicten en el futuro.

                          Para la interpretación de las normas del Contrato de Concesión, se respetará el siguiente orden de prelación:

a) El texto del Contrato;

b) El presente Pliego General de Condiciones y Pliego de Especificaciones Técnicas y sus anexos;

c) La propuesta presentada por el o los Oferentes.

Art. 6º)- PROPONENTES:

                         Podrán presentarse a la Licitación como Proponentes, las Sociedades legalmente constituidas. El plazo de duración del Contrato de Sociedades no podrá ser inferior a Diez (10) años, contados desde la fecha de constitución de la Sociedad y deberán tener como principal objeto social, la prestación del Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros y no podrán realizar actividades que resulten incompatibles o inconvenientes respecto de la Concesión, ajustándose en un todo a las previsiones contenidas en la Ordenanza referida.

                        También podrán ser Oferentes, los Comerciantes inscriptos legalmente. Las Personas Físicas o Jurídicas legalmente constituidas, podrán presentarse bajo la forma de Unión Transitoria de Empresas, debiendo acompañar copia legalizada del Contrato Constitutivo, el que deberá reunir los requisitos establecidos en el Artículo 378º de la Ley de Sociedades Comerciales y en el caso de las Personas Físicas, deberán acreditar el cumplimiento de los recaudos establecidos en los párrafos precedentes.

Art. 7º)- INCOMPATIBILIDADES:

                        No podrán ser Proponentes, las Sociedades y/o Personas Físicas enumeradas en la Ordenanza regulatoria del Transporte Urbano.

Art. 8º)- PLAZO DE LA CONCESION:

                        La Concesión se otorgará por un plazo de tres (3) años, a contar de la fecha de suscripción del Contrato debidamente homologado por el Departamento Ejecutivo Municipal, y podrá ser prorrogada por un plazo igual conforme a las previsiones de los Artículos siguientes.

Art. 9º)- PRORROGA DE LA CONCESION:

                        El plazo de la Concesión podrá ser prorrogado por un término igual al original a partir de su vencimiento a solicitud de los concesionarios o por decisión del Departamento Ejecutivo Municipal.

La solicitud de la prórroga deberá ser realizada con un plazo no menor a los Noventa (90) días del vencimiento del Contrato. En ambos casos, el

Departamento Ejecutivo Municipal girará todos los antecedentes y actuaciones al Honorable Concejo Deliberante, quien resolverá.

Art. 10º)- MERITUACION:

La valoración del cumplimiento de las condiciones expuestas en el Artículo anterior, tendrá en cuenta para su decisión los informes, auditorías y controles que realizará el Organo de aplicación u otro que el Ejecutivo Municipal designe para tal fin, sobre el estado financiero y funcionamiento de la Concesionaria.- La decisión de la renovación del Contrato de Concesión es exclusiva de la Municipalidad de la Ciudad de La Punta (San Luis), sin que pueda dar lugar a recurso de ninguna naturaleza.

Art. 11º)- MUTABILIDAD:

En oportunidad de la prórroga, la Municipalidad de la Ciudad de La Punta (San Luis), podrá mantener las mismas condiciones, modificarlas o establecer condiciones distintas a las contenidas en el Pliego General de Condiciones, en la Ordenanza regulatoria del Transporte Urbano y su Decreto reglamentario, a los efectos de perfeccionar la operatividad del Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros de la Ciudad de La Punta (San Luis).

Art. 12º)- PRORROGA DE LOS SERVICIOS:

Vencido el plazo de la Concesión sin haber hecho uso de la prórroga prevista en el Art. 8º del presente Pliego, el Concesionario deberá continuar prestando el Servicio en forma obligatoria con el carácter de Permisionario Precario en tanto se establezca el nuevo modo de prestación, siempre que no transcurran más de Ciento Ochenta (180) días desde el vencimiento del plazo originario.

Art. 13º)- RESPONSABILIDAD:

El Concesionario asumirá la responsabilidad total contra terceros, ya sean personas físicas o jurídicas de cualquier naturaleza, daños y perjuicios causados como consecuencia directa o indirecta de la presente Concesión, por personas o bienes del Concesionario o que se encuentren bajo su dirección o

custodia o dependencia o vinculados a él de cualquier forma, incluyendo los Subcontratistas y su personal.

Art. 14º)- SEGUROS:

Con motivo de lo dispuesto en el Artículo anterior, el Concesionario deberá tomar Seguros en una Compañía que preferentemente tenga sucursal o agencia en la Ciudad de San Luis y que figure dentro de las primeras Diez (10) Empresas Aseguradoras, a satisfacción del Municipio y que cubran los siguientes riesgos:

a) VEHICULOS:

Cobertura de Responsabilidad Civil sin límites hacia bienes de terceros y/o personas de cada una de las unidades que prestan servicios.

b) RESPONSABILIDAD CIVIL:

Cobertura de Responsabilidad Civil sin límites por pérdidas, daños o lesiones que pudieran sobrevenir a cualquier persona o bien de propiedad de terceros por la prestación de los servicios o de operaciones vinculadas a los mismos, en particular el de personas transportadas.

c) RESPONSABILIDAD DEL TRABAJO Y/O ENFERMEDADES PROFE-                              SIONALES:

Cobertura de todo el personal afectado al servicio sobre el total de las obligaciones emergentes de las Leyes del Trabajo y de la Seguridad Social, en particular uno en función de la Ley de Riesgos del Trabajo.

Art. 15º)- TERMINO:

Los Contratos de Seguros deberán ser convenidos por un lapso igual al plazo de la Concesión de los Servicios. Para el supuesto de que ello no pudiese coincidir, el Concesionario deberá acreditar el plazo máximo por el cual puede contratarse, debiéndose obligar a efectuar su renovación automáticamente, sin necesidad de intimación alguna por parte del Municipio. Se deberá adjuntar recibo definitivo de pago y en todos los casos las pólizas incluirán la leyenda

“ESTA POLIZA SE EXTIENDE EN CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN EL ARTICULO 14 DE LA LICITACION PÚBLICA Nº …, NO PUDIENDO SER ANULADA SIN EL CONSENTIMIENTO POR ESCRITO DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE LA PUNTA (SAN LUIS)”.

La Intendencia Municipal de la Ciudad de La Punta no podrá ser citada en garantía a la Aseguradora cuando sea demandada por Daños y Perjuicios causados por el Concesionario, sus dependientes o dependencias y por las cosas que se encuentren bajo su custodia o dependencia.

Sin perjuicio de lo dispuesto precedentemente, el Concesionario se obliga a reembolsar a la Municipalidad de la Ciudad de La Punta (San Luis), toda suma de dinero que por cualquier concepto deba ésta abonar a personas físicas o jurídicas como consecuencia de daños y perjuicios causados, ya sea en forma directa o indirecta por el Concesionario, por personas o bienes del mismo o que se encuentren bajo su dirección o custodia o dependencia o vinculado a él de cualquier forma. Tal reembolso deberá hacerse con más el incremento por daños y perjuicios originados.

Art. 16º)- INCUMPLIMIENTO:

El Concesionario, al suscribir el Contrato de Concesión, reconoce que se trata de un Servicio Público y que su interrupción o suspensión puede ocasionar serios perjuicios al interés general, aceptando por ello y reconociendo expresamente la facultad de la Municipalidad de la Ciudad de La Punta (San Luis) de ordenar la movilización, incautación de sus bienes y demás medidas que en el ejercicio del Poder de Policía se estimen pertinentes a los fines de la continuidad del Servicio afectado, sin necesidad de intervención del Poder Judicial.

Art. 17º)- RESCISION DEL CONTRATO ‑ EFECTOS:

La Municipalidad de la Ciudad de La Punta (San Luis), podrá declarar rescindido el Contrato por pérdida de la garantía o ejecución de la misma o incautación de los bienes para proseguir la prestación del servicio, cuando mediaren algunas de las siguientes circunstancias, sin derecho a reclamo de daños y perjuicio alguno, a saber:

a) Cuando el concesionario sea culpable de fraude o graves negligencias o contravenga las obligaciones y condiciones estipuladas en el Pliego General de Condiciones, en el Pliego de Especificaciones Técnicas, en el Contrato y en las disposiciones legales que regulan el Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros de la Ciudad de La Punta (San Luis).

b) Cuando el Concesionario incurriere en incumplimientos reiterados en las frecuencias, horarios, recorridos fijados en el Anexo que forma parte de la presente y/o los que fijare el Departamento Ejecutivo Municipal, de conformidad a las atribuciones otorgadas por el presente.

c) Cuando dejara de prestar el Servicio durante Dos (2) días consecutivos o Seis (6) días alternados durante un mes, sin que medie causa debidamente justificada o criterio exclusivo de la Municipalidad de la Ciudad de La Punta, casos fortuitos o de fuerza mayor no imputables a la Contratista.

d) Por transferencia o cesión del Contrato sin consentimiento de la Municipalidad de la Ciudad de La Punta (San Luis).

e) Por deficiencias reiteradas en el Servicio fehacientemente comprobadas y notificadas al Concesionario.

f) Por quiebra, liquidación o concurso preventivo del Concesionario.

g) Por haber cometido dentro del lapso del año calendario, más de Seis (6) infracciones graves a las normas del funcionamiento que hacen a la seguridad, frecuencia y comodidad del servicio.

h) Ante el desconocimiento de disposiciones del Departamento Ejecutivo Municipal tendientes a la regulación del Servicio.

i) Cuando la Sociedad Concesionaria ordene o permitiere sin causa que lo justifique, la suspensión, modificación o abandono del servicio.

Art. 18º)- PUBLICIDAD:

Las publicaciones del llamado a Licitación, serán efectuadas en el diario de mayor circulación de la Provincia durante Tres (3) días alternados y con una antelación no menor de Diez (10) días corridos a la fecha fijada para la apertura de los sobres, como así también por Tres (3) días en el Boletín Oficial con una anticipación y por un período de tiempo igual al establecido para el periódico.

Art. 19º)- CONTENIDO DEL AVISO:

El aviso del llamado a Licitación mencionará el objeto de la Concesión, Organismo que realiza la Licitación, lugar, forma y tiempo donde consultar o retirar los Pliegos y presentación de las Ofertas, sistema de contratación; lugar, fecha y hora de apertura de las propuestas y precio de los Pliegos.

Art. 20º)- CONSULTAS:

La documentación que sirva de base a la Licitación se mantendrá hasta el momento de la presentación de las propuestas en la Asesoría de Seguridad y Transporte de la Municipalidad de la Ciudad de La Punta (San Luis) donde podrá ser consultada por los interesados.-

Art. 21º)- ADQUISICION DE LOS PLIEGOS:

Los interesados podrán adquirir los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Especificaciones Técnicas, preparados para tal efecto en la Asesoría de Seguridad y Transporte Municipal, donde se le extenderá el correspondiente recibo que acredite su adquisición final a nombre del proponente, con constancia de domicilio que debe fijar en esta Ciudad.

Los mismos podrán adquirirse hasta el día que fije la Municipalidad.

Art. 22º)- INFORMACION COMPLEMENTARIA:

Las dudas que pudieran originarse sobre los antecedentes de la Licitación a los adquirentes de los Pliegos, podrán ser evacuadas mediante nota ante la Asesoría de Seguridad y Transporte Municipal, solicitando la aclaración que se estime necesaria, la que podrá imponerse hasta Cinco (5) días corridos antes de la fecha indicada para abrir las propuestas.

El Organismo Licitante deberá dar respuesta dentro del término de Veinticuatro (24) horas de recepcionada la misma, la que en igual plazo deberá ser notificada y comunicada a todos los adquirentes de los Pliegos de Licitación en el domicilio constituido.

Las consultas y contestaciones formaran parte integrante del Pliego y los que se adquieran con posterioridad llevarán adjuntas las habidas hasta ese momento.

Art. 23º)- CONOCIMIENTO

 RESPONSABILIDAD:

Quien concurra a la Licitación no podrá alegar posteriormente falta de conocimiento de las normas contenidas en los Pliegos Licitatorios, pues, por el sólo hecho de adquirirlos acepta conocer y comprender todos sus dispositivos. No se admitirán por ningún motivo reclamaciones que se funden en falta de información o en deficiencia de las que se tengan interpretaciones equivocadas de los mismos.

Tampoco se podrá en ningún caso invocar desconocimiento o mala interpretación de este Pliego General de Condiciones, el Pliego de Especificaciones Técnicas y demás elementos de la documentación aprobada.

Se considerará, asimismo, que quien se presente a la Licitación conoce las modalidades y características del Servicio, sus condiciones, etc., y por ello no se admitirán tampoco reclamos que se funden en dichos aspectos, debiendo el Proponente asumir todas las responsabilidades al respecto.

Art. 24º)- DE LAS GARANTIAS:

Las garantías se constituirán por la totalidad de las líneas y de conformidad a las siguientes formas:

a) En efectivo.

b) Mediante aval bancario.

c) Mediante Póliza de Seguro de caución.

d) Mediante el depósito de títulos públicos.

En caso de efectuarla en efectivo, deberá depositarse en el Banco Supervielle de la Provincia de San Luis, Casa Central, a la Cuenta Oficial Nº 101-504-772/6 ‑ Licitaciones ‑ Intendencia Municipal de la Ciudad de La Punta.

Si se constituyera la garantía mediante fianza bancaria o póliza de seguro, el Fiador se deberá constituir en liso, llano y principal pagador con la renuncia al beneficio de excusión y división de acuerdo con el Artículo 2013º del Código Civil, por todo el término de la propuesta y por la totalidad del monto, sin restricciones ni salvedades. Además, el Fiador deberá constituir domicilio legal en la Ciudad de La Punta (San Luis) y se someterá a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Primera Circunscripción Judicial de la Ciudad de San Luis.

La emisión del aval bancario o de la póliza del seguro de caución, no podrá ser posterior a la fecha y hora de la apertura de la Licitación. La vigencia de esta última no podrá ser menor que la del tiempo exigido para el mantenimiento de la propuesta.

En el caso de la Compañía de Seguros, deberán estar autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, y en el caso de los Bancos, deberán ser entidades reconocidas por el Banco Central de la República Argentina.

Los títulos públicos serán valuados conforme su valor de cotización de setenta y dos (72) horas previas al acto de apertura, y su aceptación quedará a consideración del Departamento Ejecutivo Municipal.

Las garantías constituidas deberán ser depositadas en la Asesoría de Gobierno y Hacienda de la Municipalidad de la Ciudad de La Punta (San Luis), con antelación al acto de apertura de las propuestas. La Asesoría emitirá constancia de dicha presentación. Su incumplimiento impedirá la apertura del sobre caratulado “SOBRE PROPUESTA”.

Art. 25º)- TIPOS DE GARANTIA:

a) GARANTIA DE LA PROPUESTA: Será del Uno Por Ciento (1%) del valor de los vehículos propuestos para la totalidad del servicio, de conformidad a la valuación fiscal para la liquidación del impuesto a los Automotores.

b) GARANTIA DE LA CONCESION: Será del Cinco por ciento (5%) del valor de cada coche establecido, de conformidad a lo dispuesto en el Inc. “a”.

La póliza de caución o el aval bancario, deberá estar constituida al momento de la suscripción del Contrato de Concesión.

Art. 26º)- DEVOLUCION DE LA GARANTIA DE OFERTA:

La garantía será devuelta:

a) A todos los Oferentes cuya oferta fuere rechazada o declarada inadmisible.

b) A los Oferentes que no estén incluidos en la adjudicación.

c) Al Oferente que lo solicite luego de vencido el plazo de mantenimiento de la Oferta.

d) A los Oferentes que resultaren adjudicados después de haber conformado el depósito de garantía del contrato.

En todos los casos, el pedido de devolución de la garantía de oferta se efectuará vencido el plazo de mantenimiento de la propuesta y por nota, en la que se deberá hacer referencia a su participación en la presente Licitación a los efectos de su individualización.

Art. 27º)- PRESENTACION DE LA OFERTA:

Para que sea válida la concurrencia, se deberá depositar en la Repartición Licitante hasta media hora antes del día y hora establecido para el acto de apertura de las propuestas, en sobres sellados y lacrados toda la documentación que exige el Artículo 30º del presente Pliego de Condiciones.

La omisión de uno o cualquiera de los documentos exigidos, provocará la invalidez absoluta de la presentación correspondiente.

La repartición receptora, extenderá el correspondiente recibo.

La falta de dicho recibo no dará a reclamo alguno en caso de que al momento de la apertura de las propuestas faltare la misma.

En todos los casos, el sobre de presentación llevará como única leyenda la siguiente: “Licitación Pública destinada a otorgar en Concesión la explotación de Líneas del Servicio Público de Transporte Urbano Colectivo de Pasajeros de la Ciudad de La Punta (San Luis), a verificarse el día ... de ... de 2009 a las ... horas en la Asesoría de Seguridad y Transporte de la Ciudad de La Punta, ubicada en Calle 9 N entre módulo 10 y 11 de esta Ciudad”. El representante de la Sociedad presentará la propuesta con el sellado municipal vigente a la fecha de presentación, redactada en idioma castellana, mecanografiado, sin raspaduras, enmiendas, entre líneas o testaciones que no se hubieren salvado al final.

La propuesta deberá estar firmada por el Proponente en todas sus fojas.

Las autenticaciones, certificaciones y legalizaciones requeridas para la presentación de los documentos, deberán efectuarse por Escribano Público o Entidad competente autorizada para tal fin.

De provenir las legalizaciones o certificaciones de extraña jurisdicción, deberá procederse a su autenticación por el Colegio de Escribanos respectivo o autoridad que corresponda según los casos.

Art. 28º)- SOBRES:

Todos aquéllos que permitan la individualización del o de los Proponentes, serán descartados automáticamente de la Licitación, sin derecho a reclamo alguno.

Art. 29º)- OFERTAS:

Las Ofertas serán presentadas en un sobre según se describe en el Art. 27º y 28º, conteniendo la documentación en originales y/o de conformidad a lo dispuesto precedentemente.

Art. 30º)- CONTENIDO DEL SOBRE:

Los documentos que deben incluirse en el Sobre Nº 1 de Presentación son los siguientes:

a) Solicitud de admisión a la Licitación con constitución de domicilio a los fines del presente proceso licitatorio.

b) Recibo de la Asesoría de Gobierno y Hacienda Municipal que acredite haber constituido la garantía de propuesta.

c) Recibo que acredite la adquisición de los Pliegos Licitatorios.

d) Libre deuda expedido por Asesoría de Gobierno y Hacienda Municipal y Tribunal Municipal de Faltas, sobre todos los conceptos que se deban tributar.

e) Copia autenticada del Contrato Social.

f) Copia autenticada del poder o Instrumento Público que acredite la personería de quien representa a la Sociedad.

g) Constancia de inscripción en los Impuestos Nacionales, Provinciales, Municipales y Organismos Previsionales y declaración jurada de que no adeuda a la fecha de apertura suma alguna en concepto de aportes o contribuciones, siendo el Oferente responsable de la exactitud de dicha declaración.

Deberá aclarar la cantidad de empleados en relación de dependencia, también con carácter de declaración jurada, reservándose la Municipalidad el derecho a verificar los libros correspondientes, debiéndose agregar, además, el original del último pago de los aportes previsionales y de todo otra que corresponda.

h) Constancia de inscripción en el Registro de Proveedores de la Intendencia Municipal.

i) Una declaración jurada formal que exprese que el o los Oferentes garantizan la veracidad y exactitud de todas sus declaraciones y autorizan a todas las entidades, personas físicas y jurídicas y demás sujetos a suministrar toda la información pertinente que sea solicitada por la Municipalidad de la Ciudad de La Punta, relacionada con la propuesta.

j) Una declaración jurada sobre antecedentes en prestación de servicios públicos iguales y/o similares, ya sea de la Oferente y/o de sus integrantes si fuesen Sociedades de personas y/o de capital, con detalle de tipo de servicio, lugar, fecha y demás antecedentes.

k) Presentar copia autenticada de los Estados Contables básicos de los tres últimos ejercicios, si hubiese transcurrido un período igual o mayor a tres meses del último cierre de ejercicio, se deberá presentar además un Balance General de corte actualizado. Las personas físicas deberán presentar un Estado de Situación Patrimonial actualizado y copia de la Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias correspondientes a los tres últimos períodos fiscales.

l) Un detalle de la forma en que se ha programado la obtención de recursos de capital y financiero para cumplir con las prestaciones objeto de esta Licitación, certificado por un profesional en ciencias económicas.

m) Pliego General de Condiciones, Especificaciones Técnicas y Anexos debidamente firmados en todas sus hojas y con aclaración de la firma en prueba de conformidad y conocimiento de las condiciones y requisitos exigidos.

n) Declaración jurada de la aceptación de competencia de los Tribunales Ordinarios de la Primera Circunscripción Judicial de la Ciudad de San Luis, con renuncia expresa al fuero federal.

o) Y en un Sobre Nº 2 con la leyenda propuesta del Oferente, cerrado y lacrado. Este sobre contendrá:

1º- La Propuesta del Servicio que se deberá ajustar debidamente a las condiciones de la Licitación, debiendo contener, sin perjuicio de otros datos, los siguientes:

a) Detalle del Parque Móvil a utilizar, con mención de cantidad y calidad del mismo, detallando: modelo, tipo, capacidad, lugar de fabricación, ubicación actual, etc..

b) Propuesta de infraestructura de apoyo, sistema de punta de líneas, central de comunicación con sistema de alcance entre móviles y la central, si tuviera, grado de automatización en el control y administración del servicio.

c) Nómina del Plantel Técnico especializado en diagramación de servicios, evaluación de servicios, administración y mantenimiento de la flota.

d) Tarifa del servicio ‑ Precio de la Unidad Económica de Viajes (Boletos), con análisis de costos y abonos de conformidad a lo fijado en el Pliego de Especificaciones Técnicas.

2º- Optativamente, el o los Oferentes podrán presentar propuestas alternativas con distintas características de prestación del Servicio, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 2.3.1) del Pliego de Especificaciones Técnicas que rige esta Licitación.

Este deberá obrar en sobre cerrado por separado que se caratulará “Sobre Alternativa”.

Art. 31º)- APERTURA ‑ LUGAR:

En el día fijado, bajo la Presidencia del Jefe de Programa de Coordinación de Gestión y de las personas que hayan concurrido, se anunciará el número de “Sobres Presentación” recibidos y se procederá a su apertura con la asistencia de un delegado de la Asesoría Letrada de la Municipalidad, el Asesor de Seguridad y Transporte Municipal e integrantes de la Comisión de Transporte del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad.

Art. 32º)- ACEPTACION FORMAL:

Los “Sobres Presentación” que no reunieren los requisitos formales exigidos, serán declarados inadmisibles en dicho acto.

Art. 33º)- Una vez abiertos los Sobres

Nº 1 “Presentación”, y de verificarse el cumplimiento formal de la documentación exigida en el Artículo 30, se procederá de inmediato al cumplimiento formal de la documentación exigida en el Artículo 30º). De inmediato se procederá a la apertura del Sobre

Nº 2 “Propuesta del Oferente”.

Con la información contenida en ambos sobres, la Municipalidad de la Ciudad de La Punta a través de una Comisión Pre‑Adjudicación, analizará en primer término la capacidad técnica y económico‑financiera de las Empresas incluidas en la Licitación.

Una vez cumplido, se procederá al análisis de la Propuesta desde el punto de vista técnico y del precio de la tarifa ofertado para la prestación del Servicio.

La decisión de la Municipalidad de la Ciudad de La Punta, a través de la evaluación de la referida Comisión, será inapelable y no dará derecho a los Proponentes a reclamo de ninguna naturaleza.

Dicha Comisión deberá expedirse fundadamente en un plazo de Dos (2) días hábiles a contar de la apertura de Sobres. Las actuaciones del Proceso Licitatorio será remitido al Tribunal de Contralor Municipal para que emita dictamen dentro del plazo de Cuarenta y Ocho (48) horas.

La Comisión de Pre‑Adjudicación estará compuesta por el Jefe de Programa de Coordinación de Gestión, el Asesor de Seguridad y Transporte, Un (1) miembro de la Asesoría Legal y Dos (2) miembros del Honorable Concejo Deliberante designados entre los de la Comisión de Transporte.

Art. 34º)- RECHAZO DE OFERTAS:

Cualquiera de las causales de rechazo establecidas en este Pliego General de Condiciones y Pliego de Especificaciones Técnicas que pasaren inadvertidas en el Acto de Apertura de Sobres, podrá surtir efectos posteriores durante el estudio de las propuestas.

Asimismo, las presentaciones que no llenen los requisitos exigidos en el presente Llamado, serán eliminadas sin más trámites y devueltas a los Oferentes, quedando dichas propuestas automáticamente eliminadas de la Licitación.

Art. 35º)- INAPELABILIDAD DE LAS RESOLUCIONES:

Todas las resoluciones que se adopten en el procedimiento descripto en este Pliego, son inapelables.

Art. 36º)- OBSERVACIONES:

Las observaciones que se formulen durante el Acto de Apertura de Sobres, deberán ser concretas y concisas, ajustadas estrictamente a los hechos y documentos relacionados en el momento que se observen.

Art. 37º)- ACTA:

De todo lo ocurrido durante el Acto de Apertura de la Licitación, se labrará acta a su finalización, la que previa lectura en voz alta, será firmada por quien preside el acto, por los funcionarios que participaron en la apertura y por quienes se encuentren presentes.

En el acta se dejará constancia de las observaciones que se formule y de todas las resoluciones que adopte el Señor Presidente.

Dicha decisión será inapelable por parte de los Oferentes y no dará derecho a reclamo de ninguna naturaleza.

Art. 38º)- IGUALDAD DE LAS OFERTAS:

En caso de que dos o más ofertas fueren igualmente convenientes, se solicitará a los respectivos Proponentes que por escrito y dentro del término de Tres (3) días hábiles, formulen una mejor oferta.

La nueva propuesta que en consecuencia se presente, será abierta en el lugar, día y hora establecidos en este requerimiento, labrándose el Acta pertinente. El silencio del Oferente invitado a desempatar, se tendrá como que no modifica su oferta. De mantenerse el empate, se procederá de acuerdo a los criterios de preferencia enunciados en la Ordenanza regulatoria del Transporte Urbano.

Art. 39º)- PLAZO DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA:

La Propuesta se considerará firme y válida hasta los Sesenta (60) días a contar desde el Acto de Apertura. Después de vencido ese plazo, se considerará que el Proponente mantiene su propuesta si no la retira expresamente. La Municipalidad de la Ciudad de La Punta, dentro de ese plazo, deberá aceptarla o rechazarla.

El Proponente que desistiera de su propuesta antes del vencimiento de dicho plazo, perderá el depósito que haya efectuado como garantía de la propuesta, sin derecho a reclamo de ninguna naturaleza.

Respecto a los Oferentes que resultaren adjudicatarios, la garantía de la oferta no se desafectará o reintegrará hasta tanto los mismos no cumplimenten la garantía de Contrato por la Concesión.

Art. 40º)- CRITERIO DE PONDERACION DE LAS OFERTAS:

El Departamento Ejecutivo Municipal, a los fines de la adjudicación, tendrá especialmente en cuenta lo previsto en la Ordenanza regulatoria del Transporte Urbano y los Artículos 2.3.1; 2.3.2 y 2.3.3 del Pliego de Especificaciones Técnicas de esta Licitación.

Art. 41º)- ADJUDICACION:

A los fines de la Adjudicación, una vez pronunciado el Tribunal de Contralor Municipal, se remitirán todas las actuaciones sin más trámite al Departamento Ejecutivo Municipal, quien juzgará en definitiva y resolverá la aceptación de aquellas propuestas que considere más conveniente, efectuando la adjudicación pertinente y disponiendo la celebración del respectivo Contrato de Concesión. El Departamento Ejecutivo Municipal podrá, sin que esto pueda dar lugar a reclamos de ninguna naturaleza por parte de los Proponentes, rechazar la totalidad o alguna de las propuestas si éstas, a su juicio resultan no convenientes a los intereses a la Comuna. Igualmente, si el proceso licitatorio adoleciere de vicios que lo afectaren, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá disponer su anulación.

Art. 42º)- REQUISITOS PARA LA CONTRATACION:

Dentro del plazo de Diez (10) días a que hace referencia el Art. 44º), la Adjudicataria deberá acreditar:

a) Mediante un certificado de depósito efectuado en la Asesoría de Gobierno y Hacienda Municipal, haber constituido la Garantía del Contrato de Concesión del Cinco por Ciento (5%) por cada coche a afectar al Servicio, en cualquiera de las formas previstas en el Art. 24º) del presente Pliego.

b) Mediante la presentación de los duplicados de las Pólizas y Recibo de Pago definitivo de los seguros contratados, preferentemente en una Compañía

aseguradora con Oficinas en la Ciudad de San Luis, previstos en el Art. 14º) del presente Pliego.

c) La propiedad de los vehículos, mediante la presentación de una copia autenticada del Título del Automotor, que deberá corresponder a los Registros de la Ciudad de San Luis y/o un Contrato de Locación con opción de compra y/o que acredite en forma fehaciente la tenencia y/o derecho de uso de los móviles, que deberá contener expresamente la autorización del titular registral para la afectación de los mismos al Servicio Público de Transporte de Pasajeros y a la eventual incautación por las razones contempladas en el Pliego Licitatorio y en el Contrato.

Art. 43º)- DOCUMENTOS DE LA CONCESION:

Formarán parte integrante del Contrato que se celebre, los siguientes documentos:

a) El Decreto que dispone el llamado a Licitación Pública.

b) Pliego General de Condiciones y Pliego de Especificaciones Técnicas y las aclaraciones efectuadas conforme al Art. 22º) de este Pliego.

c) La Ordenanza regulatoria del Transporte Urbano y su Decreto Reglamentario.

Art. 44º)- CONTRATO:

Resuelta la adjudicación y notificada la Adjudicataria, la misma deberá presentarse dentro de los Diez (10) días subsiguientes para suscribir el Contrato pertinente, acreditando haber cumplido las exigencias establecidas en el Art. 42º) del presente Pliego.

Art. 45º)-

A partir del vencimiento de ese plazo, si la Adjudicataria no se hubiese presentado, se hará pasible de una multa equivalente al importe de Un mil U.E.V. por cada coche asignado en la Propuesta y por cada día de atraso.

Si la demora en firmar el Contrato fuere mayor de Diez (10) días, el Departamento Ejecutivo Municipal podrá dejar sin efecto la Adjudicación con pérdida para el Oferente del Depósito de Garantía de la Propuesta, sin perjuicio de las sanciones que por daños y perjuicios le puedan corresponder.

El Departamento Ejecutivo Municipal podrá en este caso, adjudicar la Concesión al Oferente que le sigue por orden de conveniencia, si las hubiere entre las otras propuestas, siempre y cuando los Proponentes mantengan la Oferta original.

Art. 46º) FIRMA DEL CONTRATO:

El Contrato de Adjudicación será suscripto por el Jefe de Asesoría de Seguridad y Transporte y la Adjudicataria, en simple documento privado debidamente sellado, sin que en el puedan variar las Bases de la Licitación. Los representantes de la Adjudicataria deberán acreditar la personería que invoquen y estar expresamente autorizados para firmar el Acto Contractual que se celebrará. Toda la documentación que integre el Contrato deberá estar firmada por los representantes de la Adjudicataria en el acto de suscribirlo, debiendo firmar el número de ejemplares que se le exijan.

Art. 47º)-

El Contrato suscripto no tendrá validez legal hasta tanto no haya sido aprobado por Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal y no obligará por ningún motivo ni con ningún alcance a la Municipalidad de la Ciudad de La Punta hasta tanto no se cumplimente este requisito indispensable.

Art. 48º)-

La vigencia del Contrato está sujeta a la condición de que quedará sin efecto, de pleno derecho en caso de que la Adjudicataria no pusiere en marcha los Servicios en un todo conforme a lo establecido contractualmente, perdiendo el Depósito de Garantía de Propuesta y todo derecho a resarcimiento por parte de la Intendencia Municipal.

En este caso, el Departamento Ejecutivo Municipal declarará la caducidad de la Concesión y podrá adjudicarla eligiendo entre las otras propuestas más convenientes si las hubiere, o efectuar una Contratación Directa.

Art. 49º)- DEVOLUCION DE DEPOSITO DE GARANTIA DE LAS OFERTAS:

Dentro de los Veinte (20) días de iniciada la Prestación del Servicio en un todo conforme a lo establecido en el presente Pliego y a la propuesta formulada, se devolverán los Depósitos de Garantías de aquellas propuestas que no hubieren sido adjudicadas.

Art. 50º)- PUBLICIDAD PREVIA:

Sin perjuicio de la publicidad que hiciere el Poder Concedente, el Concesionario deberá efectuar Dos (2) publicaciones en distintos diarios de la

Ciudad, con Cinco (5) días de anticipación de la fecha prevista para dar a conocer el día de la iniciación de los servicios; recorridos autorizados a efectuar, frecuencias, tarifas y horarios del primer y último servicio diario, además de otros datos que considere conveniente difundir.

Art. 51º)- INICIACION DEL SERVICIO:

La Concesionaria deberá iniciar el Servicio en un todo conforme a la Propuesta formalizada y a los términos contractuales, no pudiendo exceder el plazo de Treinta (30) días para ello, contados desde la suscripción del Contrato. En caso de inicio escalonado o progresivo, la totalidad de las líneas deberán estar en pleno funcionamiento el 31 de Diciembre del 2009.-

Gabriel Marcelo Gómez

                                                                                             Presidente HCDCDLP

Adalberto Enrique Szklarek

                                                                                           Secretario Legislativo

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *